Cerca de 700 actores económicos no estatales de Jobabo reciben por estos días seminario de actualización de varios decretos y normativas que fueron públicas el 19 de agosto del 2024 en la Gaceta Oficial No.78 de la República de Cuba.
Bajo el principio de no retroceder, sino continuar avanzando en el desarrollo económico y social del país y que cumplan su papel como actores complementarios de la economía se ratifica la actualización de las disposiciones jurídicas. Explicó el Director Municipal de Finanzas y Precios Leonardo Murillo Tamayo.
El que dijo, además, que las principales inquietudes de los jobabenses se basan en las nuevas contravenciones del ejercicio del trabajo por cuenta propia, las micro, pequeñas y medianas empresas y las cooperativas no agropecuarias.
Las adecuaciones tienen como objetivo, consolidar la aplicación de los tributos bajo los principios de generalidad y equidad tributaria, así como potenciar la captación de ingresos presupuestarios en correspondencia con la capacidad económica de cada contribuyente. Puntualizó Murillo.
Quien a la vez, se refirió a que estas regulaciones dejan sin efecto varios decretos leyes y se ratifica la eliminación del régimen simplificado de tributación para el pago de los tributos, lo que generaliza un único régimen general de tributación aplicable a todos los actores económicos no estatales.
En el caso de las Mipymes, se elimina el beneficio que tenían los socios, exentos del pago del impuesto sobre ingresos personales por los dividendos que obtengan en su primer año de operaciones.
En los trabajadores por cuenta propia se elimina la exoneración de pagos por los tres primeros meses de inicio de las operaciones y se actualiza la contabilidad en correspondencia con los ingresos anuales obtenidos.
De ser superiores a quinientos mil pesos está obligado a llevar la contabilidad de sus operaciones, a los efectos fiscales, a partir de las Normas Cubanas de Información Financiera, de ser inferior, sólo quedan obligados a llevar el Registro Control de Ingresos y Gastos y la documentación probatoria de las operaciones.
De igual manera se informó que el pago del Impuesto por la transmisión de bienes y herencias, se realizará en el momento de la formalización del acto de trasmisión mediante la escritura notarial y no en el Registro de la propiedad. Se reconoce el cinco por ciento (5%) como tipo impositivo para el pago del Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo.
Es así como el estado cubano flexibiliza las normas y procedimientos para el trabajo no estatal y que se revierte en el desarrollo económico del país.
Están duras las multas, a los primeros que hay que capacitar es a los inspectores
Todo sea por el desarrollo económico, buena falta que nos hace.
Veremos qué sucede a partir del 19, muchos cambios. Cerrarán algunos negocios y encontraremos todo luego en la bolsa negra como siempre. Habrá que ver.
Importantes seminarios ofrecidos en el municipio. Ahora a cumplir las normas. El adecuado control dará el éxito.